Hemeroteca :: 01/02/2010
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Seguridad y Educación Vial

José Antonio Amado, profesor de formación vial, opina

Última actualización 25/02/2010@12:50:11 GMT+1

Transcurrido poco más de un año desde que entró en vigor la actual prueba sobre formación práctica para la obtención del permiso de conducir de las clases A1 y A, creo necesario hacer un balance, y a la vez una reflexión, sobre lo que ha supuesto este cambio en la preparación y examen de los aspirantes.

Se dice que algo falla cuando es necesario explicar lo obvio. A mi juicio, transcurrido este año de experiencia, me gustaría recordar a todas las partes implicadas en el proceso de formación de estos aspirantes (formadores y examinadores; autoescuelas y D.G.T.), algo que, aún siendo obvio, parece que necesita ser recordado:
l La motocicleta es un vehículo difícil de manejar correctamente, muy peligroso, y exige un proceso de aprendizaje muy específico y
con personal debidamente
cualificado.

l En la motocicleta la carrocería es el cuerpo del motorista, por lo que, además del casco, se hace imprescindible utilizar otros elementos de protección.

l En la motocicleta no hay doble
mando.

Creo que se ha dado un paso muy importante en la mejora de la formación de los futuros motoristas, por lo tanto, a mi juicio el balance de este año es positivo, sin embargo pienso que también ha dejado al descubierto las carencias que tenemos tanto desde la parte formadora como del sistema de evaluación, lo que nos exige hacer una autocrítica que permita mejorar la formación y especialmente pedir que ésta se desarrolle en unas condiciones óptimas de seguridad.

Si el examen es para evaluar si el alumno reúne la destreza necesaria para el manejo correcto de la motocicleta, además de comprobar su actitud en vías abiertas al tráfico (y no estaría de más que tuviese un cierto valor pedagógico), no se entiende el criterio aplicado en circuito cerrado a pruebas como la aceleración y frenado controlado (E). A mi modo de ver, cabe preguntarse qué credibilidad tiene una calificación que intenta medir la velocidad de una motocicleta que teóricamente debería alcanzar 30 km/h. Si la medición se hace a ojo, la experiencia nos dice que influye más el ruido que haga la moto y la brusquedad de la frenada, que la velocidad que realmente se alcance.

En cuanto a la frenada controlada, no me parece lógico que si lo que se intenta evaluar es si un alumno frena correctamente, todo se limite a que se detenga en un lugar concreto y sin perder el control del vehículo, no dándole importancia a cómo lo haga. Concretamente me refiero al bloqueo de alguna de las ruedas, que actualmente no se penaliza pese a que sabemos que ésta es una práctica frecuente y puede resultar muy peligrosa.

De las maniobras C, D y F, se puede decir lo mismo. A mi modo de ver no es razonable y sí contraproducente conceder el mismo tiempo (25”) para su realización, independientemente del estado del firme, seco o mojado. No se cuestiona si es o no posible, sino el valor pedagógico de la prueba en estas condiciones y el importante coste en caídas, que está comprobado que se producen para conseguirlo. Por otro lado, la posibilidad de que el alumno no se examine cuando llueve, viene a reconocer implícitamente que tal exigencia no es razonable. En definitiva, creo que se debería permitir al menos un tiempo de 26”, en concordancia con los mensajes que, acertadamente, está enviando la DGT constantemente a los conductores. “En condiciones climatológicas adversas disminuya la velocidad”.

Respecto a la frenada de emergencia controlada (prueba “F”), se puede aplicar lo dicho en la prueba “E”. Debería penalizarse el bloqueo de alguna de las ruedas de la motocicleta, independientemente de que la frenada se haga controlada o no. No es suficiente evaluar si se para, sino cómo se para.

Al inicio de mi reflexión, aludía a una obviedad que no me resisto a repetir: La moto no tiene doble mando. Sin querer resultar reiterativo, considero necesario resaltarlo, ya que carecemos de unas directrices claras que regulen este tipo de exámenes cuya ausencia, en algunos casos, afecta claramente a la seguridad del aspirante y a otros usuarios de la vía.

Según el punto 7.2 de la letra C del anexo VI del Reglamento General de Conductores, el profesor será el responsable de la seguridad de la circulación... La pregunta es, ¿cuándo y sobre todo, cómo puede intervenir un profesor para garantizar la seguridad de la circulación? Pongo un par de ejemplos, de los muchos que se podrían citar:
l Un alumno que se aproxima a velocidad excesiva a una intersección donde no tiene prioridad.

l Un alumno que detenido en un Stop, reanuda la marcha sin apercibirse de la presencia de un vehículo al que tiene que cederle el paso.

Podríamos seguir describiendo situaciones de peligro hasta aburrirnos, pero vuelvo a recordar la obviedad: no tenemos doble mando y tampoco medios para actuar sobre el alumno, pero sí somos responsables de la seguridad del tráfico. Por lo tanto, parece razonable exigir que se establezcan una reglas de actuación que no sólo determinen la responsabilidad del profesor sino, y es lo más importante, que minimice los riesgos que inevitablemente van implícitos a este tipo de prueba.

Al objeto de reducir en la medida de lo posible el riesgo que entraña la prueba, considero que la velocidad, que es un factor determinante para el mismo, no lo es tanto para evaluar la capacidad del alumno y, sobre todo, no en la proporción que supone el incremento del riesgo con el aumento de la velocidad. Considero, asimismo, que durante la prueba no se le debería hacer ninguna observación al alumno referente a la adecuación de la velocidad, salvo que fuese necesario para evitar una situación de peligro.

Antes de terminar, déjenme apuntar lo que para mí es una obviedad más. Generalmente se parte de una premisa equivocada: el alumno tiene que presentarse a examen cuando esté preparado; si está preparado tiene que ser capaz de controlar la moto, si no fuese así el profesor le aconseja que no se examine y el alumno desistirá de su intención de examinarse. Claramente esto no es así, y si así fuera, nadie, y menos un alumno bajo la presión de un examen, es infalible.

Para finalizar, me gustaría hacer una petición a todas las partes implicadas: Por favor, que impere el sentido común.

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  • Obviedades

    Últimos comentarios de los lectores (1)

    277 | Joaquín Hernández - 16/02/2010 @ 13:19:04 (GMT+1)
    Completamente de acuerdo, en todos los puntos. Se debería hacer una selección de personas con sentido común en todos las parte implicadas, porque los que tienen sentido común se ven mucho menos que los que no lo tienen.
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